La entrada en vigor del Reglamento Europeo de Protección de Datos unifica y moderniza la normativa europea sobre protección de datos, permitiendo a los ciudadanos un mejor control de sus datos personales y a las empresas aprovechar las oportunidades de un mercado digital, con una mayor confianza por parte de los consumidores, ya que están obligados a informarles de una manera mas clara sobre el uso y tratamiento de sus datos, especialmente, cuando se encuentren involucrados menores.

Gran parte de nuestra actividad personal, económica y profesional se desarrolla en la red y es importante saber identificar los riesgos y oportunidades que Internet nos ofrece.

También como consumidores, el uso de Internet es cada vez más frecuente. Ya sea para realizar transacciones comerciales, reservar viajes o cenas en restaurantes hasta compartir imágenes en redes sociales, nuestros datos circulan diariamente por la red y es necesario que los encargados de estos servicios digitales los protejan.

La nueva Ley de Protección de Datos Personales, en vigor desde el pasado mes de diciembre, recoge por primera vez esta protección, que los prestadores de servicios deberán cumplir cuando traten nuestros datos en la red: el acceso universal a Internet y la seguridad de los datos que los usuarios utilizan en sus comunicaciones, el derecho al olvido, o a un testamento digital son algunas de las garantías más destacadas.

Derechos universales y protección del menor

La nueva legislación establece el acceso universal a Internet a todos los ciudadanos. Un servicio que deberá ser de calidad, accesible, universal y no discriminatorio. Unido a ello, la oferta que proporcionen las distintas páginas y sitios web, deberá ser transparente, sin discriminación por motivos técnicos o económicos.

Además, los usuarios de estos servicios tienen derecho a que todas las comunicaciones que emitan o reciban sean seguras. Es responsabilidad de los proveedores de servicios informar a los usuarios sobre estos derechos.

En el caso de los menores de edad en la red, serán sus padres los responsables de que estos hagan un uso equilibrado y responsable de los dispositivos digitales y de los servicios de la sociedad de la información, preservando su dignidad y sus derechos fundamentales.

De esta manera, en los centros educativos, sólo podrán utilizarse imágenes y referencias de los menores en redes sociales o servicios equivalentes, cuando la difusión o publicación cuente con el consentimiento del menor o sus responsables legales.

Así, cualquier utilización de imágenes de menores que pueda entrañar una intromisión ilegítima en sus derechos fundamentales conllevará la intervención del Ministerio Fiscal.

Derecho a la rectificación y actualización en Internet

Otra de las garantías que recoge la nueva legislación, está relacionada con el derecho de los ciudadanos a que las informaciones que sobre ellos aparecen en Internet sean ciertas y veraces, así como la posibilidad de los ciudadanos de pedir la rectificación o la actualización de esas informaciones cuando sean erróneas:

  • Derecho de rectificación en Internet. Los responsables de redes sociales y servicios equivalentes deben adoptar protocolos para posibilitar el ejercicio de derecho de rectificación ante los usuarios que difundan contenidos que atenten contra el derecho al honor y la intimidad.
  • Derecho a la actualización de las informaciones en medios de comunicación digitales. Como ciudadano tiene derecho a solicitar a los medios de comunicación digitales que incluyan un aviso de actualización junto a las noticias que hablen de usted. En especial, puede solicitarlo cuando se trate de actuaciones judiciales o policiales que hayan variado en su propio beneficio. Este aviso deberá estar suficientemente visible junto a estas noticias.

Derecho al olvido

Es el derecho que todo ciudadano tiene a desaparecer de Internet, incluyendo las búsquedas generales, las redes sociales, así como el derecho de portabilidad de los datos en redes sociales:

  • Derecho al olvido a las búsquedas en Internet. Los usuarios tienen derecho a que se eliminen sus datos de las listas de resultados de los motores de búsqueda, cuando estos sean inexactos, no estén actualizados o fueran inadecuados.
  • Derecho de portabilidad y derecho al olvido en las redes sociales. Asimismo, los usuarios de redes sociales tienen derecho a suprimir los datos personales que han facilitado en redes sociales. También, pueden ser suprimidos los datos facilitados por terceros.

Asimismo, como usuario de redes sociales, tiene derecho a transmitir y recibir los contenidos que hayan facilitado en estas redes, así como solicitar a los responsables de estas redes que los transmitan directamente a otro prestador, siempre que sea técnicamente posible.

Testamento digital

Por último, la nueva legislación establece el derecho de los usuarios a un testamento digital. Cuando una persona fallece, las personas vinculadas a él, como sus familiares, pueden solicitar el acceso a los contenidos que tuviera en Internet y darles las instrucciones que estimen oportunas sobre su destino o supresión, excepto si el fallecido prohibiera este acceso expresamente.

Las personas que el fallecido haya legitimado para ello, podrán decidir acerca del mantenimiento o eliminación de los perfiles personales de personas fallecidas en redes sociales u otros servicios, a menos que el fallecido hubiera decidido acerca de esta circunstancia, en cuyo caso se aceptarán sus instrucciones.

Reclamaciones

En caso de tener algún problema, debe dirigir su reclamación al responsable del fichero de la empresa a la que proporcionó los datos personales. Si no se recibe una respuesta satisfactoria o no se obtiene contestación al escrito, puede reclamar a la Agencia Española de Protección de Datos.

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