Según la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, para evitar la visita al domicilio de un comercial de una compañía eléctrica o de gas pidiendo ver una factura, para, con los datos que contiene, cambiarle a otra tarifa o incluso a otra compañía, sin permiso del afectado, se estableció que las empresas comercializadoras de gas y electricidad no pueden realizar publicidad ni contrataciones en las visitas a domicilio no solicitadas por los consumidores.

Se presentan en nuestros domicilios diciéndonos que pertenecen a nuestra compañía, que nos van a ayudar a ahorrar en la factura de la luz o nos solicitan la factura para verificar un descuento que por un problema administrativo no se ha aplicado…

Suministros en el hogar: prohibición de las visitas comerciales

Como hemos comentado, las compañías comercializadoras de gas o electricidad no pueden hacer publicidad “puerta a puerta” ni realizar la contratación de sus productos a domicilio. Por lo que, si un comercial de una empresa de gas o electricidad se presenta en su casa sin avisar y sin que lo haya autorizado, sepa que se trata de una práctica no permitida y puede perfectamente no atenderle.

En el caso de que el comercial le haya cambiado su contrato o tarifa sin su consentimiento, recuerde que cuenta con 14 días naturales para desistir del contrato sin tener que justificarlo y sin dar ninguna explicación.

El comercial está en la obligación de informarle sobre su derecho de desistimiento y cómo ejercerlo, por lo que, si no lo ha hecho, el plazo se amplía hasta los 12 meses desde la fecha de finalización del plazo inicial.

Recuerde que, aunque haya solicitado la visita, no está en la obligación de enseñar ninguna factura, ni sus datos bancarios. Lea la documentación que le ofrezcan antes de firmar cualquier documento y no firme nada sin entender bien lo que dice.

Es muy importante que esté bien informado sobre cuál es su compañía eléctrica y que tenga identificados todos los datos importantes de su contrato, que también aparecen en su factura de gas y electricidad: cuál es la tarifa que tiene contratada, si es mercado libre o regulado o si tiene algún tipo de descuento. Evitará que puedan engañarle cuando intenten ofrecerle otra tarifa, en teoría, más competitiva.

Revisiones del gas: recomendaciones

Los consumidores que utilizan gas en sus domicilios, están obligados a hacer una revisión de la instalación cada cierto tiempo. En el caso de las inspecciones de gas canalizado y revisiones de gas envasado (butano o propano), son obligatorias cada cinco años, mientras que cada dos años, deberá revisar la instalación de su caldera.

Para el caso del gas canalizado, la inspección puede hacerse a través de su distribuidora o bien con una empresa habilitada, en ambos casos, se la cobrarán en la siguiente factura por lo que no debe pagar nada al técnico. En el caso del gas envasado, deberá buscar una empresa habilitada para ello, acordar un precio y abonarlo.

En cualquier caso, recuerde que:

  • Su empresa distribuidora de gas canalizado debe avisarle por teléfono antes de la visita para la inspección de su instalación, por lo que, si un técnico al que no haya contratado previamente aparece en su domicilio, no le permita la entrada.
  • Además, antes de dejarles entrar en su domicilio, pida que se identifiquen y que le faciliten datos de la empresa para la que trabajan.
  • Antes de contratar una revisión de su servicio de gas o caldera, exija un presupuesto previo, para saber cuánto le puede costar el servicio. Además, recuerde que tiene derecho a recibir un certificado del estado de la instalación.
  • Guarde siempre el Certificado de Inspección o de Revisión, que le deben facilitar sin coste adicional.
  • Compruebe la fecha de la última inspección, revisión o mantenimiento de su instalación, para saber cuándo tiene que hacer la próxima. Exija la factura, ya que la necesitará si surge algún problema.
  • La empresa que realiza la inspección no puede reparar las anomalías que encuentre. Debe dejarle un parte para que los repare en los plazos establecidos, contratando con una empresa instaladora distinta de la que ha realizado la inspección.

Otras visitas a su domicilio

En cuanto a la asistencia técnica y las reparaciones en su domicilio, antes de contratar es conveniente solicitar información sobre las tarifas de los servicios, así como un presupuesto previo por escrito.

Si la reparación se realiza en casa, o el técnico tiene que desplazarse a por el aparato, pida siempre que se identifiquen antes de dejarlos entrar en su domicilio.

Si deben llevarse el aparato para su reparación, deberán entregarle un resguardo acreditativo del depósito, que le servirá para confirmar que el aparato queda en su local. Si ha firmado el presupuesto previo, este servirá como resguardo.

Y recuerde que, para cualquier otra visita comercial imprevista a su domicilio, como venta de seguros, libros o tecnología, la ley le ampara como consumidor, y tiene derecho de desistir de la compra o la contratación, en los 14 días naturales siguientes, salvo que la contratación sea de un seguro de vida, en el que tendrá 30 días.

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