La repentina aparición del temido Coronavirus ha provocado grandes cambios en prácticamente todo el planeta: cancelaciones de eventos, restricciones en los desplazamientos, nuevos protocolos de seguridad…. Todas éstas circunstancias que rodean al – tristemente célebre – COVID19 – han afectado también a numerosos Consumidores. Os contamos cómo debemos actuar en cada caso.

Hace unos días una Consumidora nos transmitía por teléfono sus dudas ante un desplazamiento. Un viaje vacacional, contratado hace meses y cuyo destino era, precisamente, una zona de riesgo por Coronavirus. La Agencia, a través de la que realizó la contratación no disponía de un protocolo de actuación para el caso, por lo que tuvimos que recurrir a la mediación para que nuestra Usuaria pudiera anular el desplazamiento.

Infórmate antes de viajar.

Ésta circunstancia se repite constantemente éstos días y, ante el posible peligro de contagio, ahora son las propias Agencias y Compañías las que cancelan el servicio… de forma unilateral. ¿Qué podemos hacer como Consumidores?.

Precaución… e información.

En su último comunicado, el Ministerio de Consumo recomienda adoptar lo que denominan “Principio de Precaución”, ó dicho de otra forma; antes de desplazarnos a cualquiera de las zonas afectadas debemos recabar información (¡actualizada) tanto del Ministerio de Asuntos Exteriores como de la Embajada del país que vamos a visitar (si es que viajamos fuera de España). En muchas ocasiones son recomendaciones muy básicas… pero permitirán que realicemos nuestra estancia con seguridad.

Cancelaciones de vuelos por el Coronavirus

¿Y si cancelan mi vuelo?.

Como indicábamos al principio, ante el posible riesgo, muchas compañías han optado por cancelar vuelos. Si ya lo teníamos previamente contratado, conviene recordar que el Reglamento CE 261/2004 obliga a la Compañía a informarnos, darnos asistencia, reembolsarnos lo pagado ó, incluso, proporcionarnos un medio de transporte alternativo (sobre todo si no podemos posponer la fecha del viaje).

En caso de no cumplirse éste Reglamento, el Consumidor está habilitado para presentar una Reclamación, y para ello ponemos a disposición del Consumidor, a todo nuestro Equipo Técnico y Humano.

Idea

Por último, y retomando el caso con el que abríamos éste artículo, el propio Ministerio de Consumo apela a la flexibilidad de Compañías y Agencias para poder resolver, junto al Consumidor, cualquier problema ó eventualidad que pueda surgir vinculado a ése temible… coronavirus.

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