La Seguridad Social ha implantado un nuevo servicio de consulta, a través de la Sede Electrónica, que permite a los ciudadanos confirmar o ratificar el derecho a la asistencia sanitaria como titular o beneficiario del mismo.

El Real Decreto Ley 16/2012 de 20 de abril, de medidas urgentes para el sostenimiento del Sistema Nacional de Salud, establece un periodo transitorio para acreditar el perfil fijado por la norma, y seguir disfrutando del derecho a la asistencia sanitaria con cargo al Sistema.

Este trámite lo realiza de oficio el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), responsable del reconocimiento del derecho, pero en los casos en que la comprobación no sea posible, deberán ser los ciudadanos quienes acrediten sus circunstancias.

El ciudadano podrá conocer si existe alguna condición no acreditada y subsanarla. La información se puede solicitar desde cualquier ordenador sin necesidad de desplazarse y sin certificado digital

A este fin responde la nueva aplicación desarrollada por el INSS ya que si el solicitante no se encuentre registrado en la base de datos, el sistema le indicará la posible razón. Así, podrá acreditar ante el Organismo la condición que precisa para seguir disfrutando de asistencia sanitaria con cargo al Sistema Nacional de Salud.

La Seguridad Social apuesta por la tecnología como vía para acercar la administración al ciudadano de la forma más eficaz y sencilla, evitando desplazamientos innecesarios. Por ello, se ha diseñado una utilidad de fácil manejo y que permite solicitar la información desde cualquier ordenador y sin necesidad de certificado digital.

Acceso al nuevo servicio

Para realizar la consulta se debe acceder a la sede electrónica de la Seguridad Social, https://sede.seg-social.gob.es/. En el apartado “Ciudadanos”, desde la opción “Asistencia Sanitaria: comprobación del derecho”, se entra en el formulario de identificación, que tan sólo requiere cumplimentar datos básicos: nombre, apellidos, número de documento de identificación, número de la Seguridad Social, fecha de nacimiento y, opcionalmente, dirección de correo electrónico.

La respuesta podrá consultarse, bien accediendo de nuevo al servicio e introduciendo el número de referencia proporcionado por la aplicación o a través del correo electrónico, en la dirección que se haya facilitado.

1 COMENTARIO

  1. Me parece bergonzoso la despreocupacion del govierno hacia los ciudadanos,en mi caso me acabo de enterar que estoy excluido de la seguridad social por no tener trabajo ni formas de pagar mi ipoteca,por otro lado se consiente la usura de compañias como cofidis,que tambien me estan perjudicando emocionalmente,mi mujer sin cobrar nada,yo sin cobrar nada y ademas aguantando las injusticias de triperos del govierno y banqueros,que me queda con dos hijos menores,darme un golpe con el coche y esperar que mi esposa pueda cobrar de mi? DEBERIA DARLES BERGURENZA.

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