El Gobierno aprueba un convenio especial de la Seguridad Social para discapacitados con dificultades para trabajar
- La regulación permite el acceso a las prestaciones por jubilación, muerte y supervivencia
- El Real Decreto ha sido sometido a consulta de las organizaciones sociales más representativas
Las personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral contarán con un convenio especial de inclusión en el sistema de la Seguridad Social, a efectos de permitir su acceso a la cobertura de las prestaciones por jubilación y por muerte y supervivencia.
El Consejo de Ministros aprobó en su última reunión, a propuesta del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, un Real Decreto que establece las condiciones de inclusión en el sistema de la Seguridad Social de estas personas, a través del instituto jurídico del convenio especial, delimitando su ámbito de aplicación y fijando sus características y especialidades en materia de procedimiento, efectos, acción protectora y cotización.
Esta medida, que ha sido sometida a consulta de las organizaciones más representativas de personas con discapacidad en su proceso de elaboración, cuenta además con la aprobación previa del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y el respaldo del Consejo de Estado.
Ámbito de aplicación
El ámbito de aplicación del convenio especial reconoce que podrán solicitar su suscripción las personas que tengan dieciocho años o más y no hayan cumplido la edad mínima para la jubilación ordinaria; además tendrán que residir legalmente en España y tener reconocida una discapacidad que implique especiales dificultades de inserción laboral.
Asimismo, para solicitarlo no deberán figurar en alta o en situación asimilada a la de alta en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social ni en cualquier otro régimen público de protección social; y deberán estar inscritos en los servicios públicos de empleo como personas desempleadas demandantes de empleo por un período mínimo de seis meses, inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de suscripción del citado convenio.
Con este convenio la Seguridad Social intensifica los niveles de protección de quienes tienen especiales dificultades para incorporarse al mundo laboral.
Esta medida recoge la recomendación dieciocho del Pacto de Toledo; da cumplimiento a la Ley sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social; y responde a los principios de igualdad de oportunidades y no discriminación declarados en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Asamblea General de las Naciones Unidas.