Entre otras medidas, recoge la indemnización con 20 días de los despidos en empresas que tengan pérdidas durante más de un semestre
El Gobierno central, reunido en un Consejo de Ministros extraordinario, ha aprobado el Real Decreto Ley de reforma del mercado laboral que contempla, entre otras medidas, la indemnización con 20 días de los despidos en empresas que tengan pérdidas durante más de un semestre. El decreto pasará ahora al Congreso para su convalidación como proyecto de ley el 22 de junio. Esta modalidad retrasará su aprobación definitiva hasta el otoño, pero permitirá que los partidos incluyan sus enmiendas.
Una de las novedades del texto del Decreto Ley precisa que el abono de ocho días de la indemnización por despido por parte del Fondo Garantía Salarial (Fogasa) incluirá a todos los contratos indefinidos ordinarios (45 días de indemnización por despido) y no sólo en los de fomento del empleo (33 días de indemnización), como antes había previsto el Gobierno.
El pago de parte de esta indemnización por el Fogasa será transitorio, dado que esta iniciativa se sustituirá por la creación de un fondo de capitalización individual que el trabajador podrá utilizar en los casos de despido, formación o jubilación. A este respecto, el ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, explicó que la intención del Gobierno es presentar un proyecto de ley independiente para el fondo de capitalización de la vida laboral los trabajadores, que imita el modelo austríaco y que servirá para abonar una parte de los despidos. Este proyecto de ley deberá presentarse y debatirse en un año. Corbacho también indicó que no se prevé aumentar las cuotas empresariales de la Seguridad Social para nutrir este fondo.
Otra de las novedades que se pueden apreciar es que una empresa sólo tendrá que acreditar pérdidas para justificar despidos objetivos, sin un periodo determinado para ello y en contra de lo que sólo hace una semana había adelantado Corbacho, que dijo que esas pérdidas tendrían que registrarse durante seis meses. El ministro ha dejado en el aire las causas objetivas de un despido porque “siempre debe determinarlas un juez”. De esta forma, se mantiene la tutela judicial efectiva. También se ha levantado el veto a las ETT para que puedan operar en el sector público.
La reforma se ha aprobado por decreto después de que los agentes sociales no llegaran a un acuerdo el viernes pasado, último día del plazo dado por el Ejecutivo. El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, defendió que los cambios de la normativa promoverán la movilidad laboral al integrar el modelo austríaco, que conlleva la creación de un fondo constituido con las aportaciones de las empresas para pagar las indemnizaciones por despido de los trabajadores. También destacó que permitirá a las empresas adaptarse a las circunstancias económicas, al tiempo que beneficiará a los empleados al recoger la reducción de jornadas y de salarios para evitar despidos.
Además del modelo austríaco, el documento aplicará parte del modelo alemán, que incluye reducciones de jornada de entre el 10% y el 70%, para facilitar que las empresas puedan evitar en el futuro pérdidas de empleo con la reducción de la jornada y del salario.
Respecto a la contratación temporal, se limita a un máximo de dos años la duración del contrato de obra o servicio, aunque este tope podrá ser ampliado por la negociación colectiva hasta un máximo de un año. El Gobierno también introduce en el texto una redacción “más estricta” de la regla actual al encadenamiento de contratos, al tiempo que propone elevar desde los ocho días actuales a un total de doce la indemnización por finalización del contrato temporal. Este incremento de la indemnización se realizaría progresivamente, de manera que se sumaría un día más por año a partir de 2011, hasta llegar a una indemnización de 12 días en 2014.
Fuente:consumer.es