A continuación os transmitimos un comunicado del Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil, alertando sobre el posible uso fraudulento de numerosas inciativas de recogida de firmas en Internet. Recomendamos encarecidamente su lectura.

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Posibles irregularidades en las firmas On Line

Recientemente hemos detectado un incremento de iniciativas para reformas legislativas, peticiones colectivas, reclamaciones populares, y demás actos de participación ciudadana, la mayoría de ellos a través de la recogida de firmas en una página web. Ese es el tema de hoy, las “supuestas” recogidas de firmas con fines no tan altruistas y desinteresados.

De la misma manera que no es posible realizar una denuncia telemática, no se puede respaldar una iniciativa de esta clase a través de la Red”.

Como muchos ya sabréis, han cobrado cierta relevancia las recogidas de firmas en Internet, especialmente las que se llevan a cabo en webs específicamente destinadas a ello, en las que cualquiera puede comenzar una iniciativa y hacerla circular por la Red. Actuación elogiable y admirable, si no fuese porque en ocasiones el fin no es tan admirable y elogiable.

En otras ocasiones hemos hablado de la incompatibilidad de muchas partes de nuestro ordenamiento jurídico con la tecnología, y ésta concretamente es hartamente peligrosa, así que vamos a intentar explicarlo. Resulta que todas estas iniciativas están recogidas en el marco legal español, y TODAS ellas requieren de la “RÚBRICA” del ciudadano……y ¿qué es la rúbrica?, pues la firma de puño y letra. De la misma manera que no es posible realizar una denuncia telemática (se requiere la personación en el centro policial o judicial), no se puede respaldar una iniciativa de esta clase a través de la Red.

¿Firmar una iniciativa?, sí pero con rúbrica ó DNI Digital.

No obstante, muchos estaremos de acuerdo con más de un planteamiento y nos iremos a la correspondiente web a dejar nuestra firma. ¿Firma o nombre, dirección, DNI, y si nos descuidamos, hasta la fecha de nacimiento? El problema es que a río revuelto, ganancia de pescadores, como dice el refrán. Entre tanto descontento e iniciativa, alguno dirá ¡Vaya forma más fácil de obtener datos reservados de carácter personal!

¿Quién controla esos datos que ponemos en la web para firmar una iniciativa popular? Primer problema……cuidado donde “firmamos”, bienvenidas sean las iniciativas populares, pero sepamos que la firma ha de ser manuscrita para tener validez jurídica, y por internet todavía no manuscribimos. Sí que es cierto que se puede avalar una iniciativa legislativa popular con firmas electrónicas, y así lo dice la ley 3/84 Reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular.

Aun así, debemos tener claro que es una firma electrónica con validez jurídica. Ésta precisa de un certificado emitido por una entidad certificadora, y permite autenticar al firmante y validar el contenido que se firma. Quizá lo más claro es el e-DNI o la firma electrónica para la Declaración de la Renta.

Segundo problema…….. en la web de recogida de firma que nos mandan, no se acompaña el texto de la propuesta, ni una lista de las medidas que estamos apoyando……..no aparece por ningún lado. Y sí hemos encontrado que nos piden obligatoriamente el nombre completo, nuestro correo electrónico y el DNI, y nada de firma electrónica. Si a eso le añadimos que la web está alojada en el extranjero, y el dominio está registrado por un señor que solo deja su nombre, primer apellido y un teléfono extranjero, cuando menos es para “mosquearse”, sobre todo sabiendo (como hemos dicho muchas veces) que un dato personal tiene su valor en la Red.

Fuente: Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil.

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