El Fichero de Inquilinos Morosos permite a los propietarios conocer y seleccionar a su arrendatario y así prevenir la morosidad.
El mercado de alquiler ha sufrido un espectacular aumento desde que comenzara la crisis. Pero no todos los inquilinos resultan ser buenos pagadores, ni respetan la vivienda arrendada. Por ello, a la par que crece la cifra de alquileres, aumenta también el miedo de los propietarios a dar con un arrendatario que no responda. Para tratar de evitar que un casero alquile su casa a un moroso, se creó el Fichero de Inquilinos Morosos (FIM). Y su utilidad no parece estar en duda, ya que sus consultas han aumentado en un 150% durante el último año. ¿Qué es el FIM? ¿A quién resulta útil? ¿Cómo puede consultarse? A continuación, se da respuestas a estas y otras dudas sobre este registro.
Qué es el Fichero de Inquilinos Morosos
La compra de vivienda en España se ha reducido de manera considerable, y desde el año 2007, ha aumentado el número de personas que opta por vivir de alquiler. Pero, según señala Sergio Cardona, director de Estudios y Calidad de FIM (Fichero de Inquilinos Morosos), sus estudios e informes indican que los impagos de las rentas también han crecido. Solo en 2012, la morosidad en los arrendamientos a nivel nacional subió en un 13,28%. Por este motivo, contar con un registro que permita saber si un futuro inquilino es o no buen pagador resulta de gran utilidad. Hoy, son más de 10.000 los profesionales y particulares que acceden al Fichero de Inquilinos Morosos, cuyas consultas se han incrementado en un 150% durante el último año.
El FIM, que se creó para que los caseros tengan las herramientas que les permitan conocer y seleccionar a su arrendatario y así prevenir los impagos, es el único fichero de morosidad específico sobre arrendamientos urbanos en España. Contiene información sobre alquileres impagados, tanto de personas físicas como jurídicas. Además, cabe añadir que el registro es muy fiable (al 100%, como indica Cardona). Todas y cada una de las personas que aparecen en él presentan morosidad en alquileres, y sus datos se obtienen tanto de propietarios y profesionales de gestión inmobiliaria, como de sentencias en firme.
Cómo hacer una consulta en el FIM
Consultar los datos del fichero resulta de gran interés tanto a profesionales como a particulares. En el caso de quien se dedica a gestionar inmuebles, es una herramienta para dar un valor añadido a su cliente. Para el arrendador, es esencial para poder verificar si el inquilino ha tenido impagos con anteriores alquileres.
Acceder a él es muy sencillo, ya que basta con entrar en la página web www.fimiberica.com, y clicar en la pestaña “realizar consulta”. El precio de la misma es de 9,90 euros
Tras llevar a cabo la consulta, se dispone de la información de manera instantánea, y se puede conocer de primera mano si el candidato a arrendar el piso tiene alguna incidencia de impagos de rentas de otros arrendamientos o ha tenido sentencias judiciales firmes publicadas en los B.O.E. (Boletín Oficial de Estado).
Una vez hecha la consulta, se reciben dos tipos de documentos:
- El resultado de la consulta.
- Un documento de seguridad, que se incluye como anexo en caso de que se formalice el contrato de arrendamiento entre ambas partes y que posibilita la inscripción en el Fichero desde el primer día de impago de rentas.
Además, la existencia de este fichero puede ser también beneficiosa para los inquilinos, siempre que estos sean buenos pagadores. En la web hay una herramienta que les permite demostrar que son cumplidores con la renta mensualmente y que nunca han adeudado.
Un registro apoyado en sentencias judiciales
El Fichero de Inquilinos Morosos es respetuoso y no vulnera la intimidad de la persona que está inscrita en él. Esto es así debido a que todos los arrendatarios incluidos en el fichero vienen de sentencias judiciales firmes, o bien han sido aportados por los propios arrendadores y profesionales.
En este último caso, se les informa de su inclusión, tal y como exige la Ley Orgánica de Protección de Datos. Además, antes se comprueba que la morosidad es cierta.
Fuente:consumer.es