Se ha establecido un periodo de transición en la aplicación de la disposición, que se prolongará hasta 2013

Congreso de los Diputados

Las administraciones públicas deberán pagar a sus empresas proveedoras en un plazo máximo de 30 días, mientras que las empresas lo tendrán que hacer en 60 días. La Comisión de Industria, Turismo y Comercio del Congreso de los Diputados, con competencia legislativa plena, ha aprobado estas medidas, que forman parte de la modificación de la Ley 3/2004 sobre morosidad en las operaciones comerciales.

Para su ejecución, se ha establecido un periodo de transición en la aplicación de ambas disposiciones, que se prolongará hasta 2013. De esta forma, las administraciones deberán reducir el pago a las empresas a 55 días desde su entrada en vigor, a 50 días a partir del 1 de enero de 2011, a 40 días en 2012, y a 30 días a comienzos de 2013.

En el caso de las empresas privadas, excepto el sector de la alimentación, éstas tendrán que abonar sus facturas en 85 días desde la entrada en vigor de la reforma, a 75 días a partir de enero de 2012 y a 60 días en enero de 2013. Además, el pago entre empresas deberá realizarse en 60 días a contar después de la fecha de recepción de las mercancías o servicios y no, como ocurría hasta ahora, dentro de un plazo a contar desde la recepción de la factura. En el sector de la alimentación y los productos perecederos se mantendrá la actual limitación de 30 días.

La reforma de la Ley de Morosidad también determina que cuando el deudor incurra en mora, el acreedor tendrá derecho a reclamar al deudor una indemnización por todos los costes de cobro debidamente acreditados que haya sufrido. En la determinación de estos costes de cobro se aplicarán los principios de transparencia y proporcionalidad respecto a la deuda principal. La indemnización no podrá superar, en ningún caso, el 15% de la cuantía de la deuda, excepto en los casos en que ésta no supere los 30.000 euros, en cuya circunstancia el límite estará constituido por el importe de la deuda de que se trate.

De igual forma, se ha aprobado la creación de un Observatorio estatal de la Morosidad, dependiente del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, para realizar un seguimiento de la evolución de los plazos de pago y de la morosidad en las transacciones comerciales, así como de los resultados y eficacia de la nueva norma, que deberá ser ratificada definitivamente por el Senado.

Fuente: consumer.es

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