A partir de hoy, jueves 29 de junio de 2023, las llamadas comerciales sin el consentimiento expreso del destinatario (el famoso SPAM telefónico) dejan de contar con el debido respaldo legal en España. La modificación de la Ley General de Telecomunicaciones, introdujo hace un año el derecho de los usuarios a no recibir llamadas no deseadas con fines comerciales, pero no se aplicaba hasta un año después. Ahora, todas las llamadas comerciales sin consentimiento son sancionables. Pero…. ¡cuidado!, hay excepciones: como reza la famosa sentencia: “quien hace la Ley… hace la trampa”. Y en ésta nueva normativa…. hay demasiada trampa.

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Anteriormente, los usuarios podían oponerse a recibir estas llamadas al inscribirse en una lista de exclusión publicitaria como Robinson (cuyo funcionamiento sigue generando polémica entre los Consumidores). ¡Teóricamente! Los centros de llamadas consultaban esta lista y evitaban llamar a los números registrados.

La novedad es que ahora, por defecto, todos los números de usuarios particulares están excluidos, aunque estar en la lista seguirá protegiendo en ciertos casos. Esto es… no en todos. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD, click para acceder a la Circular) será responsable de hacer cumplir la ley. Hoy, el Boletín Oficial del Estado publica un documento en el que se detalla cómo se vigilarán las llamadas comerciales. La regulación es necesaria para acabar con la práctica generalizada de hacer llamadas comerciales a números generados aleatoriamente.

¿Es la solución definitiva?. Desde luego que no….

Las empresas tendrán nuevas obligaciones al hacer llamadas comerciales. Quedan prohibidas las llamadas a números aleatorios y las guías de abonados indicarán si el titular ha dado su consentimiento. Las empresas deberán consultar esta información antes de llamar. Sin embargo, la Ley (como nos temíamos) nace ya lastrada con algunas “excepciones”. Atentos:

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Se permitirán llamadas comerciales en ciertos casos, como cuando el titular sea un profesional o empresario. Por otra parte, las empresas podrán llamar a sus clientes y exclientes para vender productos similares al contratado, pero solo durante 12 meses después de que finalice el contrato. La Lista Robinson sigue siendo relevante (….¡en la medida de sus posibilidades!), ya que si el usuario está registrado en ella, la empresa no debería llamar con fines comerciales. En teoría, claro..

La AEPD pretende, con ésta nueva medida, establecer un estricto protocolo para las llamadas comerciales permitidas. La empresa responsable debe identificarse y mencionar que la llamada tiene fines comerciales al inicio de la conversación. El operador debe informar sobre la posibilidad de revocar el consentimiento para ser llamado. Si el usuario solicita no recibir más llamadas, se debe tomar nota de su petición. Además, las llamadas deben ser grabadas para utilizar las grabaciones como prueba de que se cumplió con la legalidad.

¿Cómo sortean la Ley?

Call centers y Redes Internacionales

Aunque la nueva normativa reducirá en gran medida el spam telefónico, seamos realistas: no desaparecerá por completo. Como ya habrá comprobado el sufrido Consumidor, estas llamadas provienen de Call Centers emplazados en otros países… pero que – curiosamente – utilizan números de teléfono con prefijo español. Los principales centros de emisión de tales llamadas se encuentran en Latinoamérica, norte de África y ya se comienzan a detectar casos de empresas ubicadas incluso en Asia.

Cuando la AEPD investiga denuncias de usuarios afectados, estas empresas suelen ignorar los requerimientos, lo que evita las preceptivas sanciones. También son cada vez más frecuentes las llamadas fraudulentas con identificadores falsos, manipulando el identificador de llamada, lo que dificulta que los usuarios y las autoridades rastreen al responsable.

Sin duda, los Derechos del Consumidor dan, con ésta medida, un gran paso adelante. pero, aunque se aplique con la mayor severidad… nada impedirá que ésas molestas propuestas comerciales sigan turbando nuestra tranquilidad y arruinando nuestras siestas.

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