Las leyes europeas contemplan mecanismos para facilitar los medios de pago a los hijos.
Los matrimonios y divorcios internacionales más comunes en la Unión Europea se dan entre personas de países vecinos o con estrechos vínculos culturales. La propia integración regional del bloque europeo garantiza a los ciudadanos una serie de mecanismos que facilitan sobrellevar la situación de ruptura del núcleo familiar en estos casos.
Si un padre recién separado en España debe trasladarse a Francia o Alemania por cuestiones laborales y es responsable de la pensión por alimentos de sus hijos y su excónyuge, verá facilitada su situación al cumplir con sus obligaciones. El sistema SEPA, un estándar único para la identificación y validación de cuentas bancarias, no solo lo exime de comisiones especiales en pagos realizados en cuentas extranjeras, sino que le permitirá mantener el mismo sistema de comisiones pactado con la entidad financiera de origen en un país europeo. En suma, podrá operar desde Francia con la misma cuenta que tenía en España y en iguales condiciones, lo que evitará que su traslado vuelva más oneroso el cumplimiento de sus obligaciones y más inexcusable su incumplimiento.
Otro caso es la domiciliación de recibos de distintos servicios de un país a otro. Este instrumento de adeudos domiciliados es una herramienta útil en el caso de divorcios internacionales europeos: cualquier servicio a cargo del responsable de una cuota alimenticia podrá devengarse de la cuenta personal que el cliente tenga en el país donde residan su excónyuge y sus hijos, sin comisiones ocultas ni extras y con seguridad sobre las fechas.
La cuestión judicial
El peor supuesto en los divorcios internacionales es el de impago de las obligaciones alimenticias por parte de uno de los padres. Incluso algunos se mudan al extranjero para evitar cumplir con sus obligaciones. La distancia para realizar las reclamaciones, las competencias judiciales distintas, el acceso a las sentencias que obligan a alguna de las partes a pagar, la validez de las denuncias en un país extraño, entre otras, son algunas de las complicaciones que pueden surgir.
Una vez más, el proceso difiere entre países de la Unión Europea. Si bien ésta no tiene competencias para legislar en materia de derecho de familia, como el divorcio, y las leyes nacionales regulan cada situación, sí ha habido una serie de acciones comunitarias para garantizar el derecho a la pensión de alimentos de los menores, el seguimiento de los casos y la ejecución de sentencias. En primer lugar, la Red Judicial Europea en materia Civil y Comercial garantiza la cooperación judicial de los Estados miembros, ya que proporciona la ayuda para el traslado de documentos, la obtención de pruebas o la comunicación de denuncias, lo que puede darse en un caso de impago de pensión, con posterior embargo.
Pero además, los Estados de la UE han firmado convenios que han buscado garantizar el acceso a la pensión de alimentos. Es el caso del Convenio de La Haya sobre el Cobro Internacional de Alimentos para los Niños y otros Miembros de la Familia. Gracias a estos protocolos, se han establecido algunas pautas claras que intentan garantizar los derechos de todas las partes. Entre otras cosas, determina:
* Las obligaciones alimenticias, con los hijos o con el excónyuge, se regirán por la ley del estado de residencia habitual del acreedor.
* En el caso de que la obligación esté dada por la pensión alimenticia para con el cónyuge, cualquiera de las partes puede pedir que se aplique la ley de otro estado que tenga más vinculación con el matrimonio.
* Se dará protección al acreedor de alimentos en las situaciones en las que este no pueda obtener la pensión al amparo de la legislación de su estado de residencia habitual.
Responsabilidad en terceros países
En el caso de países terceros, también ha habido avances en materia de pensiones alimenticias, pero son recientes y serán de aplicación a partir de junio de 2013. La celebración de un convenio a este respecto firmado en abril reforzará las normas vigentes de la UE sobre el reconocimiento y la ejecución de resoluciones mencionadas sobre alimentos. Mejorará la cooperación administrativa y judicial mediante la creación en la UE de un conjunto armonizado de normas respecto de los terceros países que se conviertan en partes contratantes del Convenio.
Si una pareja española se divorcia y el padre se traslada a Canadá. ¿Recibirá el hijo la pensión alimenticia? De acuerdo con esta nueva y reciente herramienta, las autoridades estadounidenses cooperarán con las de la Unión Europea para garantizar que el padre cumpla sus obligaciones y que el niño reciba la ayuda. El objetivo principal es que las autoridades cooperen en la ejecución de las pensiones alimenticias y los deudores dejen de eludir sus obligaciones por salir de la UE. Establece también un sistema de cooperación entre las autoridades nacionales, brinda asistencia jurídica gratuita en los casos de ayuda a menores, incluye procedimientos para el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales sobre obligaciones de alimentos y acelera los procedimientos para localizar a los deudores con paradero desconocido. Este tipo de procedimientos hasta ahora tardaban mucho y eran complicados de llevar a cabo.
Estados Unidos, Noruega y Ucrania ya han firmado el Convenio, mientras que se espera que otros países intervinientes en la negociación (como Japón, China, Rusia, Australia, Canadá y Brasil) procedan de la misma manera cuando la UE y EE.UU. ratifiquen la iniciativa.
Fuente:consumer.es