El Real Decreto 176/2013 no solo modifica la fecha de caducidad del yogur, también afecta a productos de consumo tan común como el pan o conservas.

En las últimas semanas se escucha y se lee por todas partes que se ha derogado la fecha de caducidad del yogur. Pero el Real Decreto 176/2013 es algo más que ese dato concreto. Es una puesta al día de la normativa nacional en la materia de acuerdo con los modelos de la Unión Europea. Yogur, pan, cárnicos, conservas, vegetales… y así hasta 54 medidas actualizadas. El artículo detalla en qué consiste la adecuación de la normativa y qué alimentos incluye.

El Real Decreto 176/2013 asegura que las industrias alimentarias españolas estén en la misma situación de competencia que las europeas.”

La legislación alimentaria de las últimas décadas requería una adaptación a la situación actual en el seno de la UE. Por fin, el legislador nacional ha procedido a ello, de manera que se logra que se respeten los objetivos que la normativa comunitaria establece, objetivos en materia de higiene alimentaria a alcanzar sin desarrollar requisitos específicos, a partir de un análisis del riesgo y teniendo en cuenta que el operador económico es el principal responsable de la seguridad alimentaria.

Estas normas y RTS que se derogan de forma parcial no se basan en un análisis de riesgo, tal y como ahora se desarrolla en la actual legislación de la Unión Europea, ni tienen en cuenta los nuevos avances tecnológicos ni la nueva forma de legislar en la que se establecen objetivos de seguridad alimentaria en lugar de establecer requisitos muy específicos. Tras muchos años de espera, el legislador, con este cambio legislativo aporta simplificación legislativa, contribuye a evitar confusión normativa y facilita la actividad de las industrias alimentarias ya que aporta más flexibilidad en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de higiene y seguridad alimentaria.

También debemos resaltar, sobre todo en los tiempos que corren, que este cambio legislativo desde un punto de vista económico es positivo, puesto que no generará sobrecostes a las industrias; al contrario, es una medida que favorece lo económico porque facilita el cumplimiento de los objetivos establecidos en la legislación vigente sin menoscabo de la seguridad alimentaria.

Adecuación de la normativa

El objetivo que se logra con la nueva normativa es adecuar al Derecho de la Unión Europea de los requisitos de higiene de los productos alimenticios contemplados en las reglamentaciones técnico- sanitarias y en las normas de calidad de ámbito nacional. Es necesario que todos conozcamos que los reglamentos comunitarios no desarrollan de forma exhaustiva tales requisitos, y se limitan a formular una serie de objetivos en materia de higiene sobre la base de un análisis del riesgo existente en cada caso.

Ello permite que sean los operadores económicos quienes, como principales responsables de la seguridad alimentaria, decidan de qué manera van a garantizar el cumplimiento de los mismos.

La diferencia en el enfoque de la legislación de la Unión Europea, sobre todo desde 2004, y la de las RTS y normas de calidad españolas en cuanto a los requisitos de higiene, sin llegar a ser contrarios al Derecho de la Unión Europea, han sido considerados un obstáculo a la libre competencia. En este sentido, el Real Decreto 176/2013 es más que oportuno para asegurar que las industrias alimentarias de España estén en la misma situación de competencia que el resto de los operadores europeos.

Yogur, pan, cárnicos, conservas, vegetales

A todos nos llega la noticia de esta norma por la derogación parcial de la norma de calidad del yogur en lo concerniente a la fecha de caducidad, pero también hay que destacar otras medidas que se han tomado y que afectan a productos de consumo tan común como el pan, los productos cárnicos o las conservas vegetales. Hay que considerar en toda su magnitud el alcance del Real Decreto y la puesta al día que he mencionado respecto a cuestiones sobre higiene y seguridad alimentaria.

Esperamos que esta medida sea el inicio de una profunda y exhaustiva revisión del ordenamiento jurídico alimentario en España para que todas aquellas disposiciones que, de facto, ya están desfasadas y superadas por la legislación alimentaria de la Unión Europea, sean revisadas y derogadas o modificadas según convenga en cada caso.

Para que todos los consumidores puedan ser conscientes del alcance del Real Decreto 176/2013, puede revisarse en el enlace todas las medidas que muestran la profunda y exhaustiva revisión que se ha realizado.
Fuente:consumer.es

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