La posibilidad de acceder a una licencia de motocicleta tras tres años de antiguedad con el carnet de Clase B, ha permitido a muchos usuarios adquirir un vehículo de dos ruedas con unas prestaciones y posibilidades más que interesantes.

Éste cambio normativo, muy aplaudido por los fabricantes, ha servido para vivificar el mercado de la motocicleta pero, también, para introducir en tiendas y concesionarios una gran heterogeneidad de formatos y modelos.

Tan amplio muestrario y, siempre, bajo la fórmula de la licencia A1, debería invitarnos a la reflexión, por que no, en ésta ocasión… no todo vale.

¿Qué motocicletas puedo llevar?.

La normativa especifica que “las personas que estén en posesión del permiso de la clase B en vigor, con una antigüedad superior a tres años, podrán conducir dentro del territorio nacional las motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1.“. Como se puede deducir a partir del texto, esta posibilidad sólo es factible dentro de España.

Dentro de ésta categoría quedarían insertas aquellas motocicletas de menos de 125 cc de cubicaje que desarrollen una potencia no superior a los 15 CV (11Kw).

De ésta forma, el usuario podrá optar entre tranquilas motos ciudadanas con prestaciones más que suficientes para ciclo urbano, modelos más avanzados que permiten incluso, pequeños escarceos por carreteras y vías periurbanas e, incluso, algunos modelos cuyas características lindan ya con el mundo de la competición y que – en determinados casos – incluyen determinados dispositivos para conciliar su carácter hiperdeportivo con las limitaciones propias de una licencia de Clase A1.

¿Y cuanto valen?.

Es aquí donde encontramos la primera disonancia, ya que comparten categoría y escaparate modelos desde poco más de 1.200 € con motocicletas de más de 5.000 €. ¿Dónde está el truco?.

En los últimos años la entrada de fabricantes procedentes de los llamados “mercados emergentes” (China, India, Korea…etc.) ha permitido introducir en el mercado de las dos ruedas, marcas y unidades de lo más variopinto que comparten una caracterísitica común: su bajo precio.

Esta reducción en la factura que nos proponen tales fabricantes es el resultado de la conjunción de varios factores:

  • Elevados volúmenes de producción.
  • Fabricación dentro de la propia marca de la práctica totalidad de los componentes del vehículo.
  • Estándares de calidad más reducidos que los de marcas europeas y japonesas.
  • Utilización de un notable menor grado de tecnología, tanto en los procesos de producción como en el vehículo final.

Es así como encontramos modelos que confían su sistema de frenado a un equipo de doble disco combinado con ABS y CBS mediante gestión electrónica, y modelos que equipan sistemas de freno de tambor similares a los empleados hace ya casi medio siglo. Obviamente, el precio no es el mismo, pero tampoco el grado de seguridad que ofrecen ambos sistemas.

La equiparación se hace extensible al resto de componentes: suspensiones, chasis, neumáticos y otros elementos esenciales para la seguridad del vehículo muestran una calidad y eficiencia notablemente inferior en los modelos de menor coste.

¿El motivo?, lamentablemente los estándares de seguridad aplicados a motocicletas en la Unión Europea son notablemente más tolerantes que los aplicados a los automóviles, esta circunstancia permite poner en el mercado modelos y tecnologías decididamente obsoletas, pero que cuentan con las aprobaciones pertinentes de los diferentes organismos de consumo. A día de hoy, el que un coche no pueda equipar, ni siquiera como opción, un airbag sería motivo de escándalo; y sin embargo, encontramos en los concesionarios españoles motocicletas cuyos elementos de seguridad quedaron completamente obsoletos hace más de tres décadas.

Conclusión.

Antes de decantarnos por un modelo concreto, debemos ir más allá de los criterios meramente estéticos y comprobar la cantidad y calidad de los dispositivos electrónicos que lleva instalados, los sistemas de suspensión y de frenado (cruciales), los neumáticos (marca, modelo y dureza) y la calidad general de materiales (gran quebradero de cabeza de muchos usuarios). También es importante cerciorarnos de que tanto la garantía como el servicio post-venta responderán a cualquier posible incidencia en nuestro vehículo… ó “con” nuestro vehículo.

Debemos recordar una vez más, que la Ley Española de Consumo obliga a los puntos de venta a suministrar un vehículo en perfectas condiciones y que si esto no se cumple, existen suficientes recursos como para subsanar el posible problema de forma rápida y eficiente.

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