Los consumidores que tengan gas natural o bombona de butano para cocinar, calentar agua o poner la calefacción podrán beneficiarse de la nueva ayuda.
Estrenamos año y con él una nueva ayuda social para que las familias más desfavorecidas puedan hacer frente a las facturas energéticas: el bono térmico, que acompañará al bono social de la luz a partir de 2019.
Bono social térmico: un descuento para el gas
En 2019 los hogares españoles tendremos una nueva ayuda social a la que acogernos: el bono social térmico. Bajo este nombre se esconde una ayuda del Estado para hacer frente al gasto que conlleva cocinar, calentar el agua o utilizar la calefacción cuando la energía no procede de la electricidad. De este modo, el Gobierno ha decidido que todos los consumidores podamos aprovechar este bono independientemente de si en nuestro hogar tenemos gas natural o bombonas de butano.
Esta ayuda debería llegar a todos los usuarios que realmente la necesitan, sin distinciones. Por eso, no es una ayuda que puede otorgarse a cualquier consumidor de forma indiscriminada. Tal y como sucede con el bono social de la luz, el térmico está ideado para echar una mano a las familias más necesitadas. Por ello, hay que pertenecer a uno de los grupos de vulnerabilidad o tener una renta baja. En definitiva, cumplir alguna de estas condiciones:
- Familias numerosas: se contempla a partir de tres hijos.
- Pensionistas: toda la unidad familiar percibe una pensión, bien por jubilación o invalidez permanente, siempre y cuando la pensión recibida sea la mínima.
- Renta baja: actualmente ronda los 12.000 euros/año por unidad familiar, pero este dato se va actualizando; además, varía en función de si en el hogar hay menores a cargo o no.
Son, por tanto, las mismas condiciones que se piden para ser beneficiarios del bono social de la luz, con lo que, si no hemos podido acceder al de la electricidad, no podremos conseguir el térmico.
Una ayuda económica por definir
Una de las grandes incógnitas de la ayuda térmica es de cuánto será. Hasta la fecha solo se ha aclarado que no estaremos ante una rebaja mensual, tal y como sucede en el de la luz. Entonces, ¿cuál será la fórmula?
Hasta donde se sabe, el bono dependerá de factores como el nivel de vulnerabilidad y la zona climática donde residamos. Es decir, en comunidades autónomas donde hay más propensión a utilizar la calefacción, la ayuda debería ser mayor.
Y ¿cómo recibiremos la ayuda? Todo apunta a que se materializará en un pago único que se nos ingresará directamente en la cuenta corriente donde tenemos domiciliadas las facturas de la electricidad. Este abono lo deberían hacer las propias comunidades autónomas. No obstante, dado que este año no está muy claro cuánto se dará, será el propio Ministerio para la Transición Ecológica el que se encargará de efectuarlo.
Por otro lado, no hay fecha exacta para que se lleve a cabo el ingreso. El único dato que hemos podido saber es que se hará en los primeros tres meses de 2019. Por lo tanto, debemos tener un poco de paciencia.
¿Qué hacer para solicitar el bono térmico?
A diferencia del bono social de la luz, el térmico no hay que pedirlo. Tal y como han explicado fuentes oficiales, se otorgará de forma automática a todos los clientes que tengan el de electricidad a día de hoy.
Si no tenemos la ayuda para la electricidad, pero consideramos que nuestra situación se ajusta a los perfiles que se exige, debemos ir a solicitarla. Solo de esta forma se nos podrá aplicar el bono térmico. Pero al tratarse de un pago anual, debemos ser beneficiarios a 31 de diciembre del año anterior. En caso contrario, no podremos tener el de gas.
Alternativas en caso de no poder optar al bono social térmico
Si no hemos llegado a tiempo para aprovechar el bono térmico este año, lo conveniente es llevar un control de las subidas y bajadas del precio de la bombona, de modo que podamos aprovechar los precios más interesantes.
En caso de tener gas natural, la fórmula será acogernos a las tarifas de gas más económicas que podemos encontrar en varias compañías. El único truco será revisar:
- El coste: tanto el fijo como el variable.
- Si exige la contratación de otros servicios que encarezcan la factura a final de mes.
- Si aplica algún descuento: de cuánto y durante cuánto tiempo.